Con 12 votos a favor y 1 abstención, la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República, aprobó el Dictamen de la Ley que regula la publicidad estatal, con lo cual queda expedito para su debate en el pleno de la representación nacional.
Previamente el presidente de la Comisión, Alejandro Soto Reyes, hizo una reseña de todo el proceso para la elaboración del Dictamen. Recordó los anteriores debates y la participación de los representantes de los principales gremios de la radio y la televisión, como la
Asociación Nacional de Radiodifusores, la
Coordinadora de Medios Perú, la Confederación de Radio y Televisión y la Sociedad Nacional de Radio y Televisión.
En esencia el nuevo Dictamen recoge las propuestas formuladas anteriormente por los medios locales para descentralizar la inversión publicitaria que realiza cada gobierno, para ello se debe tener en cuenta la importancia que tienen los medios locales para comunicar asuntos del Estado a todos los peruanos en igualdad de condiciones y con los mismos derechos que tienen todos a estar informados.
La Ley modifica e incorpora varios artículos a la Ley 28874 y tácitamente obliga a los anunciantes del Estado a contratar a los medios que operan en los distritos, provincias y regiones con una programación local no menor de un 50%.
La contratación debe ser directa con los medios de comunicación debidamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), sin cargo ni cobro de comisiones. Es decir, está prohibido el cobro de cargos por parte de las agencias de publicidad, centrales de medios u otros.
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Sobre este tema, la Ley incorpora el artículo 9° y establece que, en caso de requerir contratar una Central de Medios, este deberá hacerse por concurso público y los pagos deben estar a cargo de la entidad contratante, de lo contrario ese trabajo debe ser asumido por las Oficinas de Comunicaciones de la entidad.
El espíritu de la Ley es descentralizar la información y crear oportunidades para las pequeñas y medianas empresas del interior del país, en ese sentido, el artículo 5° de la Ley aprobada, prohíbe excluir a los medios que operan en los distritos, provincias y regiones del país.
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