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Suspenden a servidora por alterar resolución, reemplazando la expresión procedente por improcedente, en solicitud de acogimiento a pago con descuento

El Ministerio de la Producción (Produce) sancionó a la abogada H. B. L. C. con quince días de suspensión sin goce de remuneraciones por alterar la parte resolutiva de un acto administrativo. Mediante la Resolución Directoral 00053-2026-PRODUCE/OGRH, la entidad determinó que la servidora pública vulneró los principios éticos de probidad y veracidad al modificar un documento oficial para encubrir un error previo.

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El origen de la imputación
La infracción se detectó al evidenciarse discrepancias sustanciales entre dos versiones de la Resolución Directoral 00026-2025-PRODUCE/DS-PA . En el documento físico notificado a una ciudadana, se declaraba «procedente» una solicitud de beneficio de pago con descuento, mientras que en el Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador (Sigpas), el archivo digital señalaba que el pedido era «improcedente». La investigación concluyó que la abogada a cargo del expediente extrajo y pegó la firma digital de la directora para darle apariencia de legitimidad al documento alterado.

Durante las indagaciones preliminares y el desarrollo del procedimiento administrativo disciplinario, la servidora aceptó haber realizado la adulteración de la resolución. Según sus descargos, ejecutó esta modificación material con la finalidad de no generar una afectación a los plazos perentorios del procedimiento sancionador en curso. No obstante, el órgano disciplinario consideró que esta acción constituyó un intento irregular de ocultar su falta de diligencia al redactar el informe legal primigenio.

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