Gobierno promulga ley que otorga bonificación excepcional a militares que prestaron servicio entre los años 1980 y 2000
La norma establece el pago mensual de S/ 1 130 para los licenciados debidamente reconocidos. El beneficio se entregará de manera vitalicia e intransferible a quienes cumplieron su labor en zonas de emergencia.
El Poder Ejecutivo oficializó la Ley Nº 32577, la cual dispone la entrega de una bonificación económica excepcional para los licenciados de las Fuerzas Armadas que prestaron servicio militar entre los años 1980 y 2000. La medida, que lleva la rúbrica del presidente José María Balcázar, representa un reconocimiento a quienes desempeñaron funciones en zonas de emergencia durante dicho periodo.
Para acceder al monto mensual de S/ 1 130, los beneficiarios deben haber obtenido su reconocimiento oficial ante el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas al 31 de diciembre de 2024. Aquellos que cuenten con expedientes pendientes de resolución antes de esa fecha podrán ser considerados como «rezagados» siempre que su trámite se resuelva en un plazo máximo de 120 días hábiles.
Requisitos
Los solicitantes deben acreditar haber servido de forma consecutiva entre 12 y 24 meses y haber realizado acciones de pacificación validadas por su institución. Asimismo, el beneficio está dirigido a quienes terminaron su servicio en rangos específicos: soldados, cabos o sargentos en el Ejército; marineros o cabos en la Marina; y aviadores o sargentos en la FAP. Es requisito indispensable no contar con antecedentes penales, judiciales ni policiales, y no ser deudor alimentario.
